Por el cual se desarrolla la Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones, se modifican y adicionan las Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 37/01

Tema principal: Política Internacional

Tema secundario: Derechos de autor

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los titulares de los derechos de autor y conexos tienen derecho a ser admitidos como socios en las sociedades de gestión colectiva autorizadas por el Gobierno Nacional. El Consejo Directivo de las sociedades de gestión colectiva aprobará el régimen de sanciones para los socios y el procedimiento de aplicación de las mismas. Para imponer la sanción de expulsión deberá garantizarse previamente la gestión de los derechos patrimoniales del socio. Las sociedades de gestión colectiva deberán adoptar un régimen de tarifas proporcionales a los ingresos que obtengan con la utilización de la obra, la modalidad e intensidad del uso y la categoría del usuario. Así mismo, tendrán la obligación de publicar sus estados financieros en un diario de amplia circulación nacional.

Línea del tiempo

  • 8/3/2001
    Acumulado - Gaceta: S/N

    Ver PL 26/01 Cámara


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 8/2/2001
        Publicación - Gaceta: 361/01

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Senado de la República


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 7/24/2001
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Senado de la República


            Ponentes



              Comisiones asociadas