Por el cual se establecen sueldos para las Madres Comunitarias dependientes del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 224/01

Tema principal: Bienestar y pobreza

Tema secundario: Mujer

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Las personas que se hayan desempeñado como Madres Comunitarias, acorde con las funciones establecidas en el Programa de Hogares Comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, durante un plazo superior a 10 años continuos y sin haber merecido sanciones de ninguna índole, quedarán a partir del momento en que cumplan dicho tiempo devengando el sueldo mínimo legal. Las madres sustitutas encargadas de atender y proteger niños víctimas de casos especiales, reconocidos por la institución, serán merecedores de medio salario mínimo mensual.

Línea del tiempo

  • 6/20/2002
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 6/19/2001
        Publicación - Gaceta: 310/01

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Senado de la República


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 6/12/2001
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Senado de la República


            Ponentes



              Comisiones asociadas