Por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política. (Prisión para violadores).

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 18/08

Tema principal: Justicia

Tema secundario: Familia

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2007 - Jul 2008

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis
Solo podrá imponer el legislador la pena de prisión perpetua para castigar, en los casos que se definan como graves, la comisión de hechos punibles relacionados con Acceso Carnal Violento seguida de muerte o lesión grave cometidos en menores de 14 años. La pena de prisión perpetua será revisada de oficio o a petición de parte cuando el condenado haya cumplido 35 años de privación de la libertad por el órgano jurisdiccional que impuso la condena.

Línea del tiempo

  • 6/20/2008
    Archivado por Vencimiento de Términos - Gaceta: S/N

    Art 375 Constitución Política


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


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      • 4/2/2008
        Publicación - Gaceta: 97/08

        Sin anotaciones


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        Corporación: Sin corporación


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          • 4/1/2008
            Radicado - Gaceta: S/N

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