Por la cual se establecen los barrios cerrados.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 235/02

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Ordenamiento Territorial y regiones

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los Barrios Cerrados se constituirán por la Asociación de Propietarios de los predios de dominio privado llamados a integrarlo, y que lo soliciten por lo menos un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Los Barrios Cerrados podrán solicitar a la autoridad urbanística licencia para convertirse en Barrio Cerrado. Dicha solicitud deberá ser hecha por un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Obtenida la licencia urbanística, los propietarios, con ese mismo porcentaje, podrán acordar someterse al régimen de propiedad horizontal, aprobando los estatutos respectivos. En esta reunión, los propietarios tendrán derecho a un voto por cada inmueble de su propiedad.

Línea del tiempo

  • 6/20/2003
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 5/21/2002
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 239/02

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 4/19/2002
      Publicación - Gaceta: 125/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 4/17/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas