Por la cual se expide la Ley de Salario Mínimo, se establecen los parámetros que deber tener en cuenta la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales para su fijación y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 122/08
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Economía
Tema secundario: Laboral
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley regula la fijación del Salario Mínimo para asegurar al trabajador y su familia un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana.
El Salario Mínimo será fijado de manera concertada por la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales de forma tal que garantice el mínimo vital y móvil a los trabajadores y a quienes de ellos dependen. El Salario Mínimo se fijará en diciembre de cada año con base a la variación prevista del Índice de Precios al Consumidor IPC para el año siguiente.
Línea del tiempo
- 6/20/2009Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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- 9/3/2008Publicación - Gaceta: 584/08
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