Por la cual se expide la Ley de Salario Mínimo, se establecen los parámetros que deber tener en cuenta la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales para su fijación y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 122/08

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Economía

Tema secundario: Laboral

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La presente ley regula la fijación del Salario Mínimo para asegurar al trabajador y su familia un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana. El Salario Mínimo será fijado de manera concertada por la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales de forma tal que garantice el mínimo vital y móvil a los trabajadores y a quienes de ellos dependen. El Salario Mínimo se fijará en diciembre de cada año con base a la variación prevista del Índice de Precios al Consumidor IPC para el año siguiente.

Línea del tiempo

  • 6/20/2009
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 9/3/2008
        Publicación - Gaceta: 584/08

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


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        Corporación: Sin corporación


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