Por la cual se modifica el parágrafo 2º del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, para fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 03/06

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Recreación y deporte

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El objetivo del presente proyecto es modificar el parágrafo 2° del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, con el propósito de fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991, con el porcentaje del cuatro por ciento (4%) de incremento en el IVA para la telefonía móvil tal como está establecido en la mencionada disposición.

Línea del tiempo

  • 6/20/2008
    Acumulado - Gaceta: S/N

    Ver Pl 39/06 Cámara


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 7/26/2006
        Publicación - Gaceta: 249/06

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 7/20/2006
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


            Ponentes



              Comisiones asociadas