Por medio de la cual se modifican los artículos 118, 171, y 354, del Código de Procedimiento Civil.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 131/04

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Justicia

Tema secundario: Rama Judicial

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2004 - Jul 2005

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La sentencia de primera o única instancia debe proferirse en un término máximo de doce (12) meses contados desde la ejecutoria del auto que decreta las pruebas. Este término podrá prorrogarse por una sola vez por seis (6) meses más sólo cuando las partes lo pidan de común acuerdo, verbalmente en audiencia o por escrito autenticado por todas ellas como se dispone para la demanda; o cuando el juez lo considere estrictamente necesario, caso en el cual deberá igualmente adoptar todas las medidas para agilizar el trámite del proceso. La sentencia de segunda instancia debe proferirse en un término máximo de doce (12) meses contados desde la remisión del expediente al superior. Asimismo, la decisión de la apelación de un auto de sustanciación debe proferirse en el término máximo de un (1) mes y la de un auto interlocutorio en el término máximo de cuatro (4) meses, contados desde la remisión del expediente al superior.

Línea del tiempo

  • 6/20/2006
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 5/4/2005
        Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 234/05, 247/05

        Primer debate


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/24/2004
          Publicación - Gaceta: 461/04

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Sin corporación


          Ponentes



            Comisiones asociadas


            • 8/20/2004
              Radicado - Gaceta: S/N

              Sin anotaciones


              Documento Gaceta


              No disponible

              Corporación: Sin corporación


              Ponentes



                Comisiones asociadas