Por medio de la cual se crea la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensión, para los Jueces de Paz y los Directivos de las Juntas de Acción Comunal o Consejos Comunales. [Afiliación a la salud de los jueces de paz y directivos de Juntas de Acción Comunal]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 94/03

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Derechos Fundamentales

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2003 - Jul 2004

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La presente ley tiene como finalidad primordial implementar y/o adoptar, por parte del Gobierno Nacional, los mecanismos necesarios para garantizar el derecho a la seguridad social en salud y pensión, a las personas que sean elegidas como Jueces de Paz y a los miembros directivos de las Juntas de Acción Comunal o Consejos Comunales, en todo el territorio nacional.

Línea del tiempo

  • 3/29/2005
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 9/4/2003
        Publicación - Gaceta: 457/03

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 9/2/2003
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


            Ponentes



              Comisiones asociadas