Por medio del cual se realizan cambios al artículo 81 del Código Nacional de Policía y Convivencia y se introduce un término prudencial para la realización de acciones preventivas en caso de vía de hecho que pretendan perturbar la posesión. [Acción preventiva por perturbación]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 386/19

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Seguridad, defensa y fuerza pública

Tema secundario: Bienestar y pobreza

Cuatrienio: 2018-2022

Legislatura: Legislatura Jul 2018 - Jul 2019

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La presente ley tiene por objeto otorgar a la Policía Nacional un mayor tiempo para la realización de la Acción Preventiva por Perturbación de que trata el Artículo 81° de la Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”.

Línea del tiempo

  • 6/12/2019
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 6/12/2019
      Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

      Art 155 Ley 5 de 1992


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



        Comisiones asociadas


      • 5/31/2019
        Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 447/19

        Primer debate


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



        Comisiones asociadas


      • 5/9/2019
        Publicación - Gaceta: 330/19

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 5/8/2019
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Cámara de Representantes


            Ponentes



              Comisiones asociadas