Participación ciudadana
February 9, 2022
Tipo de publicación:Lectura
Tema:Participación ciudadana
TagsCultura política
Derecho al voto
El voto es un derecho y un deber de todo ciudadano. Por una parte, la Constitución le garantiza a todo colombiano mayor de 18 años, a excepción de los integrantes de la fuerza pública, la facultad de participar en las elecciones por medio del sufragio. El derecho al sufragio no tiene distinciones de raza, credo, género, situación socioeconómica, nivel educativo o militancia política.
Del mismo modo, votar es un deber ciudadano en tanto todos tenemos la responsabilidad de participar en la vida pública. La democracia necesita de ciudadanos que participen y validen las decisiones de interés general. De la calidad de nuestras decisiones en las urnas depende en gran medida el bienestar de todos.
La Constitución de Colombia establece que el voto es libre. Cada quien puede apoyar al candidato o lista de su preferencia, basándose en los designios de su libre albedrío, ajeno a amenazas, intimidaciones o cualquier otra forma de presión. Así mismo, el voto exige la presencia personal del elector en la urna y es secreto. Ya que el voto debe ser una expresión autónoma y espontánea de la voluntad individual, el Estado debe tomar todas las medidas tendientes a permitirles a los ciudadanos mantener en reserva sus preferencias electorales.
Requisitos para votar
En primer lugar, el votante debe inscribir su cédula en el puesto de votación de su escogencia semanas antes de los sufragios, según lo indique la Registraduría Nacional del Estado Civil. Quienes deben inscribir la cédula son aquellos que hayan cambiado de lugar de residencia, con el fin de facilitar la votación y evitar grandes desplazamientos, y todas aquellas personas que tienen cédula expedida antes de 1988 y no hayan votado en ninguna de las elecciones celebradas en los últimos 20 años. Aquellos que acaban de recibir su cédula y no han votado ya están incluidos en el censo electoral por el sólo hecho de obtener la cédula y están inscritos en el puesto de votación más cercano a su residencia; únicamente aquellos que deseen cambiar su lugar de votación, deben inscribirse.
Para la inscripción se deberá presentar la cédula original, y pedirán su nombre completo, número de cédula y dirección de residencia y, por último, su huella del dedo índice.
El día de las elecciones, el votante deberá acercarse a la mesa de votación designada, presentarse ante los jurados y solicitar los tarjetones electorales. En el caso de los colombianos residentes en el exterior, deberán dirigirse a la embajada correspondiente, con previa inscripción de la cédula.
Con los tarjetones en la mano, el votante se dirige al cubículo en donde debe ejercer su derecho al sufragio en secreto y libre de presiones externas. Una vez marcados, los tarjetones son llevados por el ciudadano a la mesa de votación y depositados en la urna. El votante recoge entonces su cédula y reclama el Certificado Electoral, el cual garantiza ciertas recompensas.
Incentivos para los votantes
La Constitución contempla beneficios para premiar a quienes participen en los sufragios:
Se tendrá prelación sobre aquellos que haya ejercido al voto, en concursos de ingreso a instituciones de educación superior, procesos de selección en entidades públicas y adjudicación de becas, predios rurales y subsidios de vivienda.
Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar si se trata de auxiliares de Policía o soldados bachilleres, o de dos meses cuando corresponda a soldados campesinos o regulares.
Descuento del 10% en el valor de la expedición o duplicado del pasaporte, la libreta militar, el pasado judicial y la cédula de ciudadanía.
Descanso remunerado durante media jornada de trabajo, en razón al tiempo empleado en el ejercicio del sufragio.
Elecciones en las que los colombianos participan
En elecciones municipales y departamentales, que se realizan
cada cuatro años. En estas, se elige Gobernador, Asamblea Departamental,
Alcalde, Concejo Municipal y Juntas Administradoras Locales.
De igual forma, los colombianos participamos en las elecciones de carácter nacional que tienen lugar cada cuatro años, para el Congreso y para el presidente. Para el caso de estas últimas, si ninguno de los candidatos presidenciales obtiene más del 50% de los votos válidos, se procede a una segunda vuelta que enfrenta a los dos candidatos con mayor cantidad de tarjetones marcados a su favor.
Adicionalmente, los ciudadanos colombianos participamos en los demás mecanismos de participación ciudadana contemplados por la Constitución de 1991 –el plebiscito, el referendo, la revocatoria del mandato, etc.
Delitos electorales
Algunas personas recurren a prácticas ilegales para impedir el normal desarrollo de las elecciones, o para defender sus intereses particulares en los procesos electorales. La ley ha tipificado estas acciones de la siguiente forma:
Perturbación electoral
Este delito se configura cuando alguien obstaculiza o impide la realización de elecciones.
Constreñimiento al elector
Ocurre cuando una persona o grupo usa la fuerza o recurre a amenazas para moldear la decisión del votante; bien sea en términos del candidato escogido o con respecto a la participación o no en los comicios.
Corrupción al elector
Consiste en el ofrecimiento o entrega de dádivas para determinar el voto de un ciudadano. La culpabilidad por este delito recae sobre el elector y sobre la persona que ofrece la prebenda.
Voto fraudulento
Tiene lugar cuando una persona suplanta a otra indebidamente en el ejercicio del voto.
Fraude electoral
Se da en aquellos casos en los cuales se altera o destruye el material electoral.
Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédulas
Este delito cobra vida cuando una persona esconde o retiene el documento de identidad de un votante, con la finalidad de garantizar que éste sufrague o no, o que lo haga en determinado lugar o por cierto candidato.