Por medio de la cual se adiciona un numeral al artículo 301 de la Ley 906 de 2004 – Código de Procedimiento Penal, para reconocer como situación de flagrancia la localización en tiempo real de dispositivos electrónicos hurtados y se dictan otras disposiciones. [Flagrancia por geolocalización]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 289/25

Tema principal: Justicia

Tema secundario: Comunicaciones, medios y tecnologías de la información

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2025 - Jul 2026

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

Incorporar en el marco legal la figura de la flagrancia por geolocalización, permitiendo que la ubicación transmitida por un dispositivo robado sea considerada como indicio suficiente para una intervención policial inmediata, exclusivamente en delitos contra el patrimonio. La medida se limita a dispositivos de la víctima, exige reacción inmediata, control judicial posterior, y criterios de proporcionalidad para evitar abusos, garantizando así una herramienta eficaz, fiscalizable y respetuosa de los derechos fundamentales en el contexto digital.



Línea del tiempo

  • 6/20/2026
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 10/16/2025
      Publicación - Gaceta: 1971/25

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 10/1/2025
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas