Por medio de la cual se establece la obligación de dispensadores de condones en establecimientos públicos y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 181/06

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Bienestar y pobreza

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El presente proyecto de ley pretende hacer obligatorio la disposición de al menos un dispensador de condones en lugares como moteles, bares, residencias, hoteles, droguerías, entre otros. Para lo anterior dicta algunas medidas regulativas, como los precios del condón, los costos del dispensador, las entidades gubernamentales encargadas del control de la presente ley, entre otras.

Línea del tiempo

  • 3/21/2007
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 11/23/2006
        Publicación - Gaceta: 562/06

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 11/22/2006
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


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              Comisiones asociadas