Por medio del cual se adiciona el artículo 310 de la Constitución Política de Colombia.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 315/05

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Ordenamiento Territorial y regiones

Tema secundario: Medio Ambiente

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2004 - Jul 2005

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El departamento del Amazonas tendrá una legislación especial en materia ambiental, turística, cultural, administrativa, aduanera, de comercio y de fomento económico. La preservación de sus recursos naturales, la protección del medio ambiente, la defensa y fortalecimiento de sus fronteras, y el resguardo de la identidad cultural indígena; serán los pilares sobre los cuales el Congreso de la República y el Gobierno Nacional cimentarán el desarrollo del departamento. Para el caso específico del departamento del Amazonas, el Congreso de la República dispondrá de una (1) legislatura para la promulgación de las leyes que reglamenten las materias especiales de que trata la adición del artículo 310 de la Constitución Política. De no hacerlo el Gobierno Nacional, dentro del año (1) siguiente y por una sola vez expedirá mediante decretos con fuerza de ley la correspondiente reglamentación; previa consulta popular donde solo participarán los inscritos en el censo electoral departamental.

Línea del tiempo

  • 6/6/2005
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 3/28/2005
        Publicación - Gaceta: 128/05

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 3/16/2005
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


            Ponentes



              Comisiones asociadas