Orgánica Por medio del cual se modifica el artículo 131 de la ley 5ª de 1992, faculta el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones, en especial celebrar sesiones virtuales o remotas, para el ejercicio de la función electoral del Congreso de la República. [Sesiones virtuales]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 358/20
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Rama Legislativa
Tema secundario: Administración pública
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2019 - Jul 2020
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El Congreso de la República podrá ejercer la función electoral a través del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Permitiéndose en caso de que se requiera, la celebración de sesiones virtuales o remotas en todas las etapas de los procesos electorales en cabeza del Congreso de la República, en especial del acto de elección y respetando el procedimiento dispuesto para cada elección.
Línea del tiempo
- 6/23/2020Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/21/2020Publicación - Gaceta: 221/20
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 5/20/2020Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas