Orgánica Por medio del cual se modifica el artículo 131 de la ley 5ª de 1992, faculta el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones, en especial celebrar sesiones virtuales o remotas, para el ejercicio de la función electoral del Congreso de la República. [Sesiones virtuales]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 358/20

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Rama Legislativa

Tema secundario: Administración pública

Cuatrienio: 2018-2022

Legislatura: Legislatura Jul 2019 - Jul 2020

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El Congreso de la República podrá ejercer la función electoral a través del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Permitiéndose en caso de que se requiera, la celebración de sesiones virtuales o remotas en todas las etapas de los procesos electorales en cabeza del Congreso de la República, en especial del acto de elección y respetando el procedimiento dispuesto para cada elección.

Línea del tiempo

  • 6/23/2020
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 5/21/2020
      Publicación - Gaceta: 221/20

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 5/20/2020
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas