Por el cual se aclara y complementa la Ley 931 de 2004 (diciembre 30).
Información general
No. de proyecto en Cámara: 90/05
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Laboral
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La prohibición de exigir un rango de edad determinado a los aspirantes a un cargo o empleo o a un trabajo, establecida en el artículo 2º de la Ley 931 de 2004 se aplicará, para todo el sector público, hasta la edad de retiro forzoso. La edad de retiro forzoso para el desempeño de funciones y cargos públicos de cualquier rama, órgano, orden y nivel será de 70 años. Exceptúense los cargos de elección popular frente a los cuales no habrá límite de edad.
Línea del tiempo
- 3/29/2006Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
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Corporación: Sin corporación
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- 11/10/2005Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 805/05
Primer debate
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/23/2005Publicación - Gaceta: 549/05
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 8/17/2005Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
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