Por el cual se desarrolla la Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones, se modifican y adicionan las Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 37/01
Tema principal: Política Internacional
Tema secundario: Derechos de autor
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los titulares de los derechos de autor y conexos tienen derecho a ser admitidos como socios en las sociedades de gestión colectiva autorizadas por el Gobierno Nacional. El Consejo Directivo de las sociedades de gestión colectiva aprobará el régimen de sanciones para los socios y el procedimiento de aplicación de las mismas. Para imponer la sanción de expulsión deberá garantizarse previamente la gestión de los derechos patrimoniales del socio. Las sociedades de gestión colectiva deberán adoptar un régimen de tarifas proporcionales a los ingresos que obtengan con la utilización de la obra, la modalidad e intensidad del uso y la categoría del usuario. Así mismo, tendrán la obligación de publicar sus estados financieros en un diario de amplia circulación nacional.
Línea del tiempo
- 8/3/2001Acumulado - Gaceta: S/N
Ver PL 26/01 Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/2/2001Publicación - Gaceta: 361/01
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 7/24/2001Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas