Por el cual se establece el pago de cesantías del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. [Cesantías del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 20/16
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Educación, cultura, ciencia y tecnología
Cuatrienio: 2014-2018
Legislatura: Legislatura Jul 2016 - Jul 2017
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El pago que reconozca el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) por concepto de cesantías parciales o definitivas a sus afiliados se deberá realizar dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la fecha en que quede en firme el acto administrativo que ordena la liquidación y pago de la prestación social solicitada.
Línea del tiempo
- 11/9/2016Retirado por el Autor - Gaceta: 1110/16
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 11/8/2016Concepto Institucional - Gaceta: 982/16
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 9/22/2016Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 801/16
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 7/22/2016Publicación - Gaceta: 526/16
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 7/21/2016Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas