Por el cual se establece el uso obligatorio del sidecar para las motos con un cilindraje de 50 centímetros cúbicos en adelante.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 162/01
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Tránsito y transporte
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
En todo el territorio nacional, toda motocicleta con cilindraje superior de 50 c.c., debe llevar sidecar para el acompañante. Se establece un plazo de 9 meses a partir de la aprobación del proyecto para la adquisición de estos vehículos.
Línea del tiempo
- 5/9/2001Archivado en Debate - Gaceta: 253/01
Com VI Cámara Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/8/2001Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 237/01
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 3/29/2001Publicación - Gaceta: 99/01
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 3/23/2001Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas