Por el cual se establece el uso obligatorio del sidecar para las motos con un cilindraje de 50 centímetros cúbicos en adelante.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 162/01

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Tránsito y transporte

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
En todo el territorio nacional, toda motocicleta con cilindraje superior de 50 c.c., debe llevar sidecar para el acompañante. Se establece un plazo de 9 meses a partir de la aprobación del proyecto para la adquisición de estos vehículos.

Línea del tiempo

  • 5/9/2001
    Archivado en Debate - Gaceta: 253/01

    Com VI Cámara Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 5/8/2001
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 237/01

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 3/29/2001
      Publicación - Gaceta: 99/01

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 3/23/2001
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas