Por el cual se establece la incautación y destrucción de sustancias psicoactivas – incluso la dosis personal- y se dictan otras disposiciones. [Incautación de dosis personal]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 104/26
Tema principal: Seguridad, defensa y fuerza pública
Tema secundario: Justicia
Cuatrienio: 2026 - 2030
Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer la obligatoriedad de la incautación y destrucción de sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, incluso la dosis personal, cuando se incumpla la prohibición de su porte o consumo en espacios públicos o lugares abiertos al público. Para ello, se modifica el artículo 5 de la Ley 2000 de 2019 con el fin de reforzar expresamente la prohibición de porte y consumo en estos lugares y se establece la obligación imperativa para las autoridades de proceder a la incautación inmediata y destrucción de las sustancias conforme a los procedimientos legales.
Autores
Óscar Leonardo Villamizar Meneses
Senado de la República
Enrique 'Kike' Cabrales Baquero
Senado de la República
Esteban Quintero Cardona
Senado de la República
Juan Fernando Espinal Ramírez
Senado de la República
María Angélica Guerra López
Senado de la República
Rafael Nieto Loaiza
Senado de la República
Claudia Margarita Zuleta Murgas
Senado de la República
Julia Correa Nuttin
Senado de la República
Juan Fernando Caicedo Callejas
Senado de la República
Zandra María Bernal Rincón
Senado de la República