Por el cual se establecen sueldos para las Madres Comunitarias dependientes del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 224/01
Tema principal: Bienestar y pobreza
Tema secundario: Mujer
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las personas que se hayan desempeñado como Madres Comunitarias, acorde con las funciones establecidas en el Programa de Hogares Comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, durante un plazo superior a 10 años continuos y sin haber merecido sanciones de ninguna índole, quedarán a partir del momento en que cumplan dicho tiempo devengando el sueldo mínimo legal. Las madres sustitutas encargadas de atender y proteger niños víctimas de casos especiales, reconocidos por la institución, serán merecedores de medio salario mínimo mensual.
Línea del tiempo
- 6/20/2002Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/19/2001Publicación - Gaceta: 310/01
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/12/2001Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas