Por el cual se evita la doble tributación para la actividad industrial en el impuesto de Industria y Comercio.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 03/98

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Impuestos

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 1998 - Jul 1999

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Ningún municipio puede cobrar el impuesto de industria y comercio por concepto de actividad comercial, al industrial que comercialice sus productos en municipios distintos al de su sede fabril, siempre que se trate de la comercialización de productos originados en su actividad industrial.

Línea del tiempo

  • 6/20/1999
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 12/3/1998
        Aprobado Primer Debate - Gaceta: 117/99

        Comisión III Cámara


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


        • 10/6/1998
          Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 211/98

          Primer debate


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Sin corporación


          Ponentes



          Comisiones asociadas


        • 8/3/1998
          Publicación - Gaceta: 133/98

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas


            • 7/21/1998
              Radicado - Gaceta: S/N

              Sin anotaciones


              Documento Gaceta


              No disponible

              Corporación: Cámara de Representantes


              Ponentes



                Comisiones asociadas