Por el cual se hace obligatorio la destinación de recursos para los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos de los servicios públicos domiciliarios.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 51/06
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Servicios Públicos
Tema secundario: Economía
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley pretende hacer obligatoria la creación y especialmente buscar financiar con las transferencias de la Nación (S.G.P.) los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, para el pago de estos subsidios a las personas de los Estratos 1, 2 y 3 de los servicios públicos domiciliarios. Para lo anterior se crea el Comité de Control y Vigilancia de los Fondos, entre otros aspectos relacionados con el objeto de esta ley.
Línea del tiempo
- 5/20/2008Archivado en Debate - Gaceta: 403/08
Art 184 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 3/27/2007Publicada Ponencia Segundo Debate - Gaceta: 325/07
Segundo
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 11/7/2006Aprobado Primer Debate - Gaceta: 606/06, 325/07
Comisión VI Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 9/14/2006Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 369/06
Primero
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/3/2006Publicación - Gaceta: 280/06
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas