Por el cual se modifica el artículo 122 de la Constitución Política. [Servidores públicos]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 81/18

No. de proyecto en Senado: 31/18

Tema principal: Administración pública

Tema secundario: Corrupción

Cuatrienio: 2018-2022

Legislatura: Legislatura Jul 2018 - Jul 2019

Iniciativa: Gubernamental

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis

No podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del público o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico, en Colombia o en el exterior. Exceptúa a los desmovilizados y a la fuerza pública.

Autores


Ministra del Interior Nancy Patricia Gutiérrez Castañedanull

Ministra del Interior Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda


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