Por el cual se modifica el artículo 17 de la Ley Orgánica de Presupuesto 819 de 2003.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 158/09
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Economía
Tema secundario: Bienestar y pobreza
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las entidades públicas de todo orden, tanto a nivel nacional como las entidades territoriales, deberán invertir sus excedentes transitorios de liquidez en Títulos de Deuda Pública Interna de la Nación o en títulos que cuenten con una alta calificación de riesgo crediticio o que sean depositados en entidades financieras calificadas como de bajo riesgo crediticio.
Línea del tiempo
- 5/5/2010Archivado en Debate - Gaceta: 419/10
Comisión IV Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 10/27/2009Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1113/09
Primer debate
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/11/2009Publicación - Gaceta: 891/09
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/8/2009Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas