Por el cual se modifica el artículo 45 de la Ley 99 de 1993.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 55/98

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Minas y energía

Tema secundario: Ordenamiento Territorial y regiones

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 1998 - Jul 1999

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El Proyecto busca la armonización de la política medioambiental y la descentralización, a través de una modificación al artículo 45 de la Ley 99 de 1993. Dicha modificación propone que las empresas generadoras de energía hidroeléctrica cuya potencia instalada total supere los 10.000 kilovatios, transferirán el 6% de las ventas brutas de la energía por generación propia a las corporaciones autónomas regionales, y a los municipios y distritos localizados en la cuenca hidrográfica, embalse o área de influencia del proyecto.

Línea del tiempo

  • 8/17/2001
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 9/17/1998
        Publicación - Gaceta: 183/98

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 9/10/1998
            Radicado - Gaceta: 183/98

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Cámara de Representantes


            Ponentes



              Comisiones asociadas