Por el cual se modifica el inciso 2 del parágrafo correspondiente al artículo 40 de la Ley 80 de 1993, y se dictan otras disposiciones” – PL. “Más planeación menos adición para evitar la corrupción”. [Disminuye el porcentaje de adición presupuestal en proyectos públicos]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 91/20
Tema principal: Corrupción
Tema secundario: Infraestructura
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2020 - Jul 2021
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El objeto de la presente Ley tiene como propósito aplicar los principios de economía, planeación y previsibilidad en las adiciones presupuestales a que son sujeto los contratos celebrados bajo la Ley 80 de 1993 “Estatuto General de Contratación de la Administración Pública El Congreso de Colombia” disminuyendo el porcentaje de adición que actualmente está en cincuenta por ciento 50% del valor inicial del contrato según lo establecido en el artículo 40 de la citada Ley a veinticinco por ciento 25%.
Línea del tiempo
- 7/31/2020Publicación - Gaceta: 600/20
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 7/20/2020Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas