Por el cual se prohíbe el matrimonio de los menores de edad (18 años).

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 103/07

Tema principal: Familia

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2007 - Jul 2008

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La institución del matrimonio es fundamental para la familia y la sociedad, de allí que se requiera que solamente los mayores de edad puedan celebrar válidamente el matrimonio. No se concibe con lógica un matrimonio entre niños ya que para hacerlo válidamente hoy en día la ley sólo exige el consentimiento de sus ascendientes; sin tener en cuenta que con esta previsión legal a los menores se les cercena la etapa más preciada de la vida como es la niñez y la juventud; porque de un lado, los hijos estarán más tiempo 'al menos hasta los 18 años' en proceso de formación, evolución y madurez, y, de otro, el naciente hogar tendrá mayores bases éticas, morales y formativas para construir con solidez y discernimiento una familia con todas las responsabilidades y el cumplimiento de los deberes que ello implica.

Línea del tiempo

  • 4/2/2008
    Archivado en Debate - Gaceta: S/N

    Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



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    • 12/12/2007
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 659/07

      Primer debate


      Documento Gaceta


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      Corporación: Sin corporación


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    • 8/30/2007
      Publicación - Gaceta: 418/07

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


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      Corporación: Senado de la República


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        • 8/28/2007
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


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          Corporación: Senado de la República


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