Por el cual se prohíbe el matrimonio de los menores de edad (18 años).
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 103/07
Tema principal: Familia
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2007 - Jul 2008
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La institución del matrimonio es fundamental para la familia y la sociedad, de allí que se requiera que solamente los mayores de edad puedan celebrar válidamente el matrimonio. No se concibe con lógica un matrimonio entre niños ya que para hacerlo válidamente hoy en día la ley sólo exige el consentimiento de sus ascendientes; sin tener en cuenta que con esta previsión legal a los menores se les cercena la etapa más preciada de la vida como es la niñez y la juventud; porque de un lado, los hijos estarán más tiempo 'al menos hasta los 18 años' en proceso de formación, evolución y madurez, y, de otro, el naciente hogar tendrá mayores bases éticas, morales y formativas para construir con solidez y discernimiento una familia con todas las responsabilidades y el cumplimiento de los deberes que ello implica.
Línea del tiempo
- 4/2/2008Archivado en Debate - Gaceta: S/N
Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 12/12/2007Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 659/07
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 8/30/2007Publicación - Gaceta: 418/07
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/28/2007Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas