Por el cual se reforman los artículos 365, 367 y 370 de la Constitución Nacional y se adiciona un artículo transitorio.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 160/01

No. de proyecto en Senado: 20/01

Tema principal: Servicios Públicos

Tema secundario: Participación ciudadana

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis
Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y vigilancia de dichos servicios, con participación ciudadana. La ley ley fijará las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, su cobertura, calidad y financiación y el régimen tarifario que tendrá en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad, redistribución de ingresos y prevalencia del interés público. La Ley determinará las entidades competentes para fijar las tarifas, a las cuales deberá determinárselas un valor máximo de tal que siempre se preserve el interés público.

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