Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 204 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 296/09

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los pensionados y jubilados, tanto del sector público como del privado en todos sus órdenes, incluyendo los territoriales y quienes gozan de pensión de sobrevivientes y los pensionados de las Empos, solo aportarán el 4% de su mesada pensional de cotización para salud, excluyendo de este aporte las mesadas adicionales de diciembre y junio de cada año y solo cuando los pensionados, retirados y jubilados de los regímenes especiales tengan un aporte para salud superior al señalado en este parágrafo, también se reducirá dicha cotización a la misma equivalencia.

Línea del tiempo

  • 6/18/2009
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 4/24/2009
        Publicación - Gaceta: 242/09

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 4/23/2009
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


            Ponentes



              Comisiones asociadas