Por la cual se adoptan medidas para la prevención y control de la venta de licor adulterado y se dictan otras disposiciones. [Venta de licor adulterado]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 75/11

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Comercio, industria y turismo

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 2010-2014

Legislatura: Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Este proyecto busca penalizar a los fabricantes, distribuidores y comercializadores de licor adulterado, el cual está causando altos índices de mortalidad en el país. Se define como licor alterado y adulterado, respectivamente, el que ha sufrido transformaciones totales o parciales en sus características fisicoquímicas, microbiológicas u organolépticas por causa de agentes físicos, químicos o biológicos y al que se le han sustituido total o parcialmente sus componentes principales reemplazándolos o adicionándole sustancias no autorizadas. Dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Protección Social implementará campañas educativas mediante las cuales se enseñe a identificar el licor adulterado, las causas y efectos del mismo en el cuerpo humano. Se realizarán junto con los entes competentes, controles periódicos (cada 15 días) en los diferentes establecimientos de comercio, en los cuales se verificará la procedencia del licor y su autenticidad. El establecimiento de comercio que almacene, elabore, venda, ofrezca, adquiera o financie licor adulterado, se le impondrá el cierre temporal al establecimiento comercial por el término de 30 días calendario y tendrá una sanción pecuniaria hasta de 1.500 salarios mínimos legales vigentes. El establecimiento de comercio en el cual se encuentre por segunda vez licor adulterado además de las sanciones anteriormente descritas tendrá una anotación en su Matrícula Mercantil en la cual se registra la venta de licor adulterado por parte de dicho establecimiento. El establecimiento de comercio en el cual se encuentre por tercera vez licor adulterado se le dará por cancelada la Matrícula Mercantil.

Línea del tiempo

  • 6/20/2013
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art. 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 4/10/2013
      Concepto Institucional - Gaceta: 210/13

      Ministerio de Salud y Protección Social


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 4/5/2013
          Concepto Institucional - Gaceta: 185/13

          Ministerio de Hacienda y Crédito Público


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Sin corporación


          Ponentes



            Comisiones asociadas


            • 10/25/2012
              Publicada Ponencia Segundo Debate - Gaceta: 742/12

              Segundo debate


              Documento Gaceta


              No disponible

              Corporación: Cámara de Representantes


              Ponentes



              Comisiones asociadas


              • 5/29/2012
                Aprobado Primer Debate - Gaceta: 487/12, 742/12

                Comisión I Cámara


                Documento Gaceta


                No disponible

                Corporación: Sin corporación


                Ponentes



                  Comisiones asociadas


                • 5/3/2012
                  Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 202/12

                  Primer debate


                  Documento Gaceta


                  No disponible

                  Corporación: Sin corporación


                  Ponentes



                  Comisiones asociadas


                • 8/26/2011
                  Publicación - Gaceta: 629/11

                  Sin anotaciones


                  Documento Gaceta


                  No disponible

                  Corporación: Cámara de Representantes


                  Ponentes



                    Comisiones asociadas


                    • 8/25/2011
                      Radicado - Gaceta: S/N

                      Sin anotaciones


                      Documento Gaceta


                      No disponible

                      Corporación: Cámara de Representantes


                      Ponentes



                        Comisiones asociadas