Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro desarrollo de Casanare. [Estampilla Casanare]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 170/13

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Estampillas

Tema secundario:

Cuatrienio: 2010-2014

Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La emisión de la Estampilla “Pro-desarrollo de Casanare” se autoriza hasta por la suma de trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000). El monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2013. Dentro de los hechos y actividades económicas, sobre los cuales se obliga el uso de la estampilla, la Asamblea o el Concejo, podrá incluir los licores, vinos, aperitivos y similares, cervezas, sifones y refajos, cigarrillos y tabaco elaborado, y juegos de azar. En todo caso, la estampilla no podrá superar el valor máximo contemplado en esta ley.

Línea del tiempo

  • 6/18/2014
    Archivado en Debate - Gaceta: 430/14

    Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 5/21/2014
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 233/14

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 2/4/2014
      Publicación - Gaceta: 12/14

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 12/13/2013
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas