Por la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro de Regalías y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 144/08

Tema principal: Economía

Tema secundario: Rama Ejecutiva

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009

Iniciativa: Gubernamental

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los artículos 1º, 2º, 7º y 8º, se refieren a la creación del Fondo de Ahorro de Regalías, como un sistema de manejo de cuentas, sin personería jurídica y administrado por el Banco de la República, previa celebración de un contrato con los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. La administración contará con la intervención de un Consejo de Inversiones conformado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Director General del Departamento Nacional de Planeación y sendos representantes de los gobernadores de los departamentos y de los alcaldes de los municipios participantes. El Gerente General del Banco de la República también formará parte de ese Consejo con voz pero sin voto. Para determinados efectos de la administración del Fondo, concretamente el señalamiento de la política de inversiones de sus recursos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público tendrá voto privilegiado.

Autores


Ministro de Hacienda y Crédito Público. Oscar Iván Zuluaganull

Ministro de Hacienda y Crédito Público. Oscar Iván Zuluaga


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