Por la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro de Regalías y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 144/08
Tema principal: Economía
Tema secundario: Rama Ejecutiva
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009
Iniciativa: Gubernamental
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los artículos 1º, 2º, 7º y 8º, se refieren a la creación del Fondo de Ahorro de Regalías, como un sistema de manejo de cuentas, sin personería jurídica y administrado por el Banco de la República, previa celebración de un contrato con los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. La administración contará con la intervención de un Consejo de Inversiones conformado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Director General del Departamento Nacional de Planeación y sendos representantes de los gobernadores de los departamentos y de los alcaldes de los municipios participantes. El Gerente General del Banco de la República también formará parte de ese Consejo con voz pero sin voto. Para determinados efectos de la administración del Fondo, concretamente el señalamiento de la política de inversiones de sus recursos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público tendrá voto privilegiado.
Autores
Ministro de Hacienda y Crédito Público. Oscar Iván Zuluaga
Línea del tiempo
- 6/23/2009Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 11/28/2008Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 941/08
Primer debate
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/3/2008Publicación - Gaceta: 574/08
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/2/2008Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas