Por la cual se establece el régimen para la calidad de vida y dignidad de los enfermos terminales.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 173/99
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Derechos Fundamentales
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 1999 - Jul 2000
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La persona que se encuentre en estado terminal debe ser informada en forma fehaciente por el profesional médico que le atienda, de un diagnóstico, su pronóstico y las alternativas de los tratamientos clínicos o quirúrgicos posibles, y podrá oponerse a la aplicación de éstos últimos. Previo a la entrega de la información, el médico deberá preguntarle al paciente si quiere ser informado. Los incapaces o inhabilitados judicialmente para prestar su consentimiento, tendrán derecho a la habilitación de la vía judicial a efectos que el juez competente ratifique o determine la representación legal del enfermo incapaz.
Línea del tiempo
- 6/14/2000Archivado en Debate - Gaceta: 408/00
Com VII Cámara Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/18/2000Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 148/00
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 11/17/1999Publicación - Gaceta: 443/99
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 11/11/1999Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas