Por la cual se establecen las cunas de vida para recién nacidos, y se dictan otras disposiciones. [Cunas de vida para recién nacidos]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 46/13
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Familia
Tema secundario: Mujer
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El objeto de la presente ley es proteger a los bebés menores de seis (6) meses del abandono físico, con la creación de las cunas de vida para recién nacidos. Las Cunas de Vida son incubadoras o pequeñas cunitas, o canastillas debidamente adecuadas, para que pueda ser dejado un bebé que quiera ser entregado por sus padres, sin que corra peligro. Todos los hospitales y clínicas públicas y privadas, deberán adaptar un sitio especial denominado "Cunas de Vida", en un plazo no mayor a cinco (5) años, a partir de la vigencia de esta ley, de fácil acceso, discreto, diseñado de tal manera que la persona pueda dejar el bebé, sin temor a ser identificada. Las "Cunas de Vida" deben ser con espacio suficiente para dos bebés máximo de seis meses, quienes serán acogidos por personal idóneo, garantizando su salud e integridad física y personal.
Línea del tiempo
- 3/25/2014Archivado en Debate - Gaceta: 137/14
Art. 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 12/3/2013Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 984/13
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/12/2013Publicación - Gaceta: 605/13
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/1/2013Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas