Por la cual se establecen los barrios cerrados.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 235/02
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Ordenamiento Territorial y regiones
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los Barrios Cerrados se constituirán por la Asociación de Propietarios de los predios de dominio privado llamados a integrarlo, y que lo soliciten por lo menos un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Los Barrios Cerrados podrán solicitar a la autoridad urbanística licencia para convertirse en Barrio Cerrado. Dicha solicitud deberá ser hecha por un número no inferior al ochenta por ciento (80%) de los propietarios. Obtenida la licencia urbanística, los propietarios, con ese mismo porcentaje, podrán acordar someterse al régimen de propiedad horizontal, aprobando los estatutos respectivos. En esta reunión, los propietarios tendrán derecho a un voto por cada inmueble de su propiedad.
Línea del tiempo
- 6/20/2003Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/21/2002Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 239/02
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 4/19/2002Publicación - Gaceta: 125/02
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/17/2002Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas