Por la cual se establecen normas para la seguridad social integral de los conductores de taxis y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 54/02
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Profesiones
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El objeto de la presente ley es regular el sistema de seguridad social integral para los conductores de taxis, en desarrollo de los artículos 48, 49 y concordantes de la Constitución Política. Para efectos de la interpretación y aplicación de la presente ley, se tendrá en cuenta que en la relación entre el propietario del vehículo de servicio público, denominado taxi y el trabajador que lo conduce se generará un contrato de prestación de servicios, sin perjuicio de establecer de común acuerdo otro tipo de contratos, el cual se regirá por las normas existentes tanto del ámbito civil como del transporte.
Línea del tiempo
- 3/16/2003Archivado en Debate - Gaceta: 197/03
Com VII Senado Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 1/21/2003Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 51/03
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 8/23/2002Publicación - Gaceta: 350/02
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/21/2002Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas