Por la cual se establecen normas para la seguridad social integral de los conductores de taxis y se dictan otras disposiciones.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 54/02

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Profesiones

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El objeto de la presente ley es regular el sistema de seguridad social integral para los conductores de taxis, en desarrollo de los artículos 48, 49 y concordantes de la Constitución Política. Para efectos de la interpretación y aplicación de la presente ley, se tendrá en cuenta que en la relación entre el propietario del vehículo de servicio público, denominado taxi y el trabajador que lo conduce se generará un contrato de prestación de servicios, sin perjuicio de establecer de común acuerdo otro tipo de contratos, el cual se regirá por las normas existentes tanto del ámbito civil como del transporte.

Línea del tiempo

  • 3/16/2003
    Archivado en Debate - Gaceta: 197/03

    Com VII Senado Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 1/21/2003
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 51/03

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/23/2002
      Publicación - Gaceta: 350/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/21/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas