Por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 04/09
Tema principal: Rama Judicial
Tema secundario: Profesiones
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Facilitar la agremiación y asociación de abogados titulados, reconociendo un sector de la población de profesionales del derecho, que se dedican laboralmente y en forma exclusiva al oficio de actuar o ejercer en nombre y representación de terceras personas para lograr una capacitación, educación, actualización en igualdad de condiciones con los funcionarios de la rama judicial y demás entes del Estado, permitiendo una recta, eficiente y justa administración de justicia.
Línea del tiempo
- 6/20/2010Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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Corporación: Sin corporación
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- 7/22/2009Publicación - Gaceta: 583/09
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 7/20/2009Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
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