Por la cual se modifica el artículo 2° de la Ley 1001 de 2005. [Vivienda de interés social]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 229/12

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Vivienda

Tema secundario: Seguridad Social y salud

Cuatrienio: 2010-2014

Legislatura: Legislatura Jul 2011 - Jul 2012

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Las entidades públicas cederán a título gratuito los terrenos de su propiedad que sean bienes fiscales y que hayan sido ocupados para vivienda de interés social, siempre y cuando la ocupación haya ocurrido con anterioridad al treinta (30) de noviembre de 2001. La cesión gratuita se efectuará mediante resolución administrativa a favor de los ocupantes, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos, será plena prueba de la propiedad. En ningún caso procederá la cesión anterior tratándose de bienes de uso público ni de bienes fiscales destinados a la salud y a la educación. Tampoco procederá cuando se trate de inmuebles ubicados en zonas insalubres o de riesgo para la población, de conformidad con las disposiciones locales sobre la materia.

Línea del tiempo

  • 6/20/2012
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art. 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 5/4/2012
        Publicación - Gaceta: 202/12

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 5/3/2012
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Cámara de Representantes


            Ponentes



              Comisiones asociadas