Por la cual se modifica el artículo 21, literal b de la Ley 105 de diciembre 30 de 1993. [Peajes]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 103/02

Tema principal: Economía

Tema secundario: Tránsito y transporte

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Deberá cobrarse a todos los usuarios, con excepción de: 1º. Las motocicletas y bicicletas. 2º. Máquinas extintoras de incendios de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios y Cuerpos de Bomberos Oficiales. 3º. Los vehículos de apoyo y rescate de las instituciones bomberiles y de la Cruz Roja Colombiana e Internacional. 4º. Ambulancias y vehículos de los centros asistenciales de salud públicos. 5°. Los vehículos del Ejército, la Policía y la Armada Nacional que estén prestando servicios de seguridad por las carreteras y vías del país.

Línea del tiempo

  • 6/20/2003
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 10/21/2002
      Publicación - Gaceta: 434/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 10/16/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas