Por la cual se modifica el artículo 51 de la Ley 2099 de 2021 y el artículo 89 de la Ley 142 de 1994, se establece un régimen tarifario especial en servicios públicos domiciliarios para las entidades religiosas reconocidas y se dictan otras disposiciones. [Régimen especial de servicios públicos para entidades religiosas]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 58/26

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Servicios Públicos

Tema secundario: Minorías poblacionales

Cuatrienio: 2026 - 2030

Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente ley tiene por objeto establecer un régimen tarifario especial en materia de servicios públicos domiciliarios para las entidades religiosas con personería jurídica reconocida por el Estado colombiano, mediante la modificación del artículo 51 de la Ley 2099 de2021, con el fin de reconocer la naturaleza jurídica especial de dichas entidades y garantizar que los inmuebles de dichas entidades sean excluidos del factor de contribución de solidaridad y facturados al costo del servicio, en igualdad de condiciones con las demás entidades sin ánimo de lucro reconocidas en el numeral 89.7 de la Ley 142 de 1994


Línea del tiempo

  • 7/31/2026
    Publicación - Gaceta: 901/26

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 7/22/2026
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

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