Por la cual se modifica el artículo 86 de la Ley 136 de 1994 al exigir la profesionalización de los Alcaldes del país.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 122/08
Tema principal: Rama Ejecutiva
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Se pretende que quienes resulten elegidos alcaldes, acrediten título profesional en cualquier área del conocimiento cuyo programa haya sido aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, o haya sido reconocido mediante homologación o haya cursado un programa de Tecnología en Administración Municipal o Administración Pública en la Escuela Superior de Administración Pública o en institución reconocida por el Ministerio de Educación, además de aquellos requisitos contemplados en el artículo 86 de la Ley 136 de 1994, todo con el fin de profesionalizar y optimizar la administración distrital y municipal.
Línea del tiempo
- 6/16/2009Archivado en Debate - Gaceta: 686/09
Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/3/2009Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 420/09
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/25/2008Publicación - Gaceta: 542/08
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/19/2008Radicado - Gaceta: S/N
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas