Por la cual se modifica el parágrafo 2º del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, para fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 03/06
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Recreación y deporte
Tema secundario: Economía
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El objetivo del presente proyecto es modificar el parágrafo 2° del artículo 35 de la Ley 788 de 2002, con el propósito de fortalecer los Fondos Municipales de Fomento y Desarrollo del Deporte creados por la Ley 19 de 1991, con el porcentaje del cuatro por ciento (4%) de incremento en el IVA para la telefonía móvil tal como está establecido en la mencionada disposición.
Línea del tiempo
- 6/20/2008Acumulado - Gaceta: S/N
Ver Pl 39/06 Cámara
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 7/26/2006Publicación - Gaceta: 249/06
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 7/20/2006Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas