Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997 respecto al control del cumplimiento de las licencias de construcción y las sanciones urbanísticas.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 07/06
Tema principal: Infraestructura
Tema secundario:
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley busca modificar algunos artículos de la ley 388 de 1997 en cuanto al control del cumplimiento de las licencias de construcción y las sanciones urbanísticas. Específicamente, modifica el artículo 99, especificando los órganos competentes para otorgar licencias de construcción, las sujeciones, tiempos y agentes concernientes para el otorgamiento de dichas licencias y facultando a personas ajenas y a universidades públicas y privadas dentro de la jurisdicción para la revisión de los estudios correspondientes para llevar a cabo la construcción. Asimismo, establece dos parágrafos que hacen obligatorias tres visitas técnicas de revisión durante la obra (señalando los agentes responsables de estas) dando cuenta de los tópicos a cumplir por esas visitas, además de requisitos para la autorización de la primera Escritura Pública de Compraventa para bienes inmuebles nuevos.
También modifica el artículo 101, señalando la naturaleza y funciones de los curadores, además de facultar a los municipios y distritos para determinar el número de curadores en su jurisdicción previo concepto favorable del Ministerio De Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, haciendo a ese ministerio responsable de la adecuada coordinación y seguimiento de los curadores.
Finalmente modifica el artículo 104, haciendo “grave” la violación de la licencia otorgada concerniente a cambios estructurales no previstos en ella, obligando a los responsables a actuar solidariamente cuando hay mas de un responsable de una infracción urbanística, además de la no exoneración de adecuaciones a la obra según la licencia cuando se presentan sanciones relacionada con los numerales 2, 3, 4 y 5 del presente artículo.
Línea del tiempo
- 6/20/2007Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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- 12/4/2006Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 625/06
Primer
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- 7/25/2006Publicación - Gaceta: 243/06
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- 7/20/2006Radicado - Gaceta: S/N
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