Por la cual se modifica la Ley 693 de 2001 y se dictan otras disposiciones. [Alcoholes carburantes]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 222/02
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Agropecuario y agrícola
Tema secundario: Impuestos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los alcoholes carburantes; es decir, los bioetanoles, que se utilicen como componentes oxigenantes de las gasolinas y del combustible diesel; en concordancia con lo estipulado en el artículo 3° de la Ley 693 de 2001, por su alto impacto económico, social, ambiental y, como coadyuvante en la autosuficiencia energética del país, estarán exentos del impuesto al valor agregado IVA, y no serán sujetos del impuesto global ni de la sobretasa que se aplica a los combustibles mencionados.
Autores
Línea del tiempo
- 6/20/2002Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 3/11/2002Publicación - Gaceta: 49/02
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 2/28/2002Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas