Por la cual se modifica la Ley 693 de 2001 y se dictan otras disposiciones. [Alcoholes carburantes]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 222/02

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Agropecuario y agrícola

Tema secundario: Impuestos

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los alcoholes carburantes; es decir, los bioetanoles, que se utilicen como componentes oxigenantes de las gasolinas y del combustible diesel; en concordancia con lo estipulado en el artículo 3° de la Ley 693 de 2001, por su alto impacto económico, social, ambiental y, como coadyuvante en la autosuficiencia energética del país, estarán exentos del impuesto al valor agregado IVA, y no serán sujetos del impuesto global ni de la sobretasa que se aplica a los combustibles mencionados.

Línea del tiempo

  • 6/20/2002
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 3/11/2002
      Publicación - Gaceta: 49/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 2/28/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas