Por la cual se modifica y adiciona la Ley 73 de 1988. “Ley Presunción Legal de Organos”
Información general
No. de proyecto en Cámara: 83/09
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario:
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Regular el proceso de ablación, la cual podrá efectuarse respecto de toda persona capaz mayor de dieciocho (18) años. Para los efectos de la presente ley existe presunción legal de donación cuando una persona durante su vida se haya abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos anatómicos o componentes anatómicos después de su fallecimiento, si dentro de las seis (6) horas siguientes a la ocurrencia de la muerte cerebral y hasta antes de la iniciación de la autopsia médico legal, sus deudos no expresan su oposición a la ablación previa información idónea y oportuna, la cual recaerá sobre el médico responsable de la realización de la autopsia o necropsia.
Línea del tiempo
- 9/15/2009Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
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- 8/4/2009Publicación - Gaceta: 680/09
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- 7/29/2009Radicado - Gaceta: S/N
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