Por la cual se modifican parcialmente los artículos 51 y 131 de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 244/10
Tema principal: Tránsito y transporte
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los vehículos automotores de servicio público, servicio escolar y de turismo, deben someterse anualmente a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, y los de servicio diferente al servicio público cada dos años. Esta revisión estará destinada a verificar: ?
1. El adecuado estado de la carrocería.
2. Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia.
3. El buen funcionamiento del sistema mecánico.
4. Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico
5. Eficiencia del funcionamiento de combustión interno.
6. Elementos de seguridad.
7. Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que este opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos.
8. Las llantas del vehículo.
9. Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia.
10. Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público.
Línea del tiempo
- 6/15/2010Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 4/20/2010Publicación - Gaceta: 131/10
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas