Por la cual se prohíbe realizar descuentos a las mesadas pensionales adicionales de junio y de diciembre.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 13/09
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Seguridad, defensa y fuerza pública
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Esta iniciativa persigue evitar que por vía de interpretación las entidades administradoras y pagadoras de pensiones realicen sobre las mesadas adicionales de junio y de diciembre, que reciben los pensionados así como los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, descuentos fiscales o parafiscales tales como aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, a fin de salvaguardar en su integridad el valor de estas mesadas, comúnmente conocidas como "prima de junio" y "prima de navidad" y de esta manera evitar que se deteriore este importante ingreso para los pensionados.
Línea del tiempo
- 6/20/2010Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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- 7/22/2009Publicación - Gaceta: 586/09
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- 7/21/2009Radicado - Gaceta: S/N
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