Por la cual se reforma el literal e) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 95/09
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren cinco (5) años o menos para cumplir la edad que le concede el derecho a la pensión de vejez, siempre que a su retiro del servicio termine cotizando no menos de quince (15) años a las entidades estatales de seguridad social en pensiones.
Línea del tiempo
- 6/20/2010Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 1990
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 8/19/2009Publicación - Gaceta: 751/09
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/18/2009Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas