Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Constructor en Arquitectura e Ingeniería y sus profesiones auxiliares, se crea su Consejo Profesional Nacional, se expide el Código de Ética Profesional y se dictan otras disposiciones
Información general
No. de proyecto en Cámara: 290/03
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Profesiones
Tema secundario: Laboral
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Profesión de Constructor en Arquitectura e Ingeniería. El ejercicio profesional de Constructor en Arquitectura e Ingeniería es la actividad desarrollada en construcción, ampliación, conservación, mantenimiento a todo lo relacionado con las Obras Civiles. Para todos los efectos legales, entiéndase por Constructor en Arquitectura e Ingeniería la profesión a nivel universitario, cuya formación consiste en construir obras civiles materiales para el uso y la comodidad de los seres humanos.
Línea del tiempo
- 6/20/2003Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 De 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/13/2003Publicación - Gaceta: 292/03
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas