Por la cual se reglamenta el manejo y aprovechamiento de los depositos judiciales.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 116/05
Tema principal: Rama Judicial
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los dineros que deban consignarse a órdenes de los despachos de la Rama Judicial de conformidad con lo previsto en la ley, se depositarán en las entidades bancarias o financieras que mediante concursos seleccionen la dirección ejecutiva de la rama en razón de las condiciones más favorables en materia de rentabilidad, eficiencia en el recaudo, seguridad y demás beneficios a favor del sector. De la misma manera se procederá respecto de las multas, cauciones y pagos que decreten las autoridades judiciales o de los depósitos que prescriban a favor de la Nación.
Línea del tiempo
- 6/20/2006Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 10/3/2005Publicación - Gaceta: 691/05
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/28/2005Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas